Inicio arrow Resumen Novedades LCSP
Resumen Novedades LCSP
     
  Ámbito de Aplicación (Art.3)
   
Se amplía considerablemente el Ámbito de aplicación de la Ley de Contratos. Ya no es la Ley de Contratos de las Administraciones públicas, sino la Ley de Contratos del Sector Público, y por lo tanto aplicable a más entidades, no solamente a la Administración Pública. En especial como novedad, se considera Sector Publico y por lo tanto aplicable esta Ley entre otros: a Seguridad Social, la Universidad Pública, Agencias Estatales como la Tributaria, la Comisión Nacional como el Mercado de Valores y la Mutuas de Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
     
  Contratos Administrativos y Contratos Privados (Art.18-20)
   

Contratos Administrativos: celebrado spor la Administración Pública.

  • Obras.
  • Concesión de Obra Pública.
  • Servicios.
  • Gestión de Servicios Públicos.
  • Suministro.
  • Colaboración entre el Sector Público y es Sector Privado.
  • Contrato Administrativo Especial.

Régimen Jurídico: Preparación, Adjudicación, Efectos y Extinción.

    • LCSP  y demás regulación
    • Normas de Derecho Administrativo (L 30 / 92 entre otras)
    • Derecho Privado (Código civil)
    • Normas Específicas.

Contratos Privados:

  • Contratos celebrados entre entidades que estén en el Sector Público pero no sean Administración.
  • Contratos entre Administraciones Públicas y tengan un determinado objeto.

Régimen Jurídico: Si no tienen normas especificas (como RBEL) entonces LCSP en cuanto a la preparación y adjudicación. Por lado, en cuanto a los efectos y extinción del contrato deberemos estar al Derecho privado.

     
  Contratos de Consultoría y Asistencia
   

El contrato de consultoría y asistencia técnica desaparece, ahora se engloba dentro del contrato de servicio.

     
  Ofeta Económica más Ventajosa -Antes Concurso y Subasta- (Art. 134)
   

La Subasta y el Concurso no existen como tales en la nueva LCSP, sino que, siendo la nomenclatura Europea , se ha sustituido por la “oferta económicamente más ventajosa”, que obligará  ambos procedimientos, concurso y subasta.

  • Oferta económicamente más ventajosa: se tendrán en centra varios criterios para la adjudicación, aunque puede o no estar el criterio del precio (CONCURSO).
  • Cuando el criterio de adjudicación sea único este deberá ser obligatoriamente el precio mas bajo. (SUBASTA).

Como novedad destacar que en el ANUNCIO DE LICITACION o en la MENORIA, que sustituye al pliego en algunos contratos, se deberán especificar los CRITERIOS DE VALORACIÓN.

     
  Diálogo Competitivo (Art. 163 y 296)
   

Es una de las formas más novedosas de contratar que incluye la nueva Ley. El eje fundamental de este procedimiento es el diálogo con los licitadores para adoptar de común acuerdo una solución que cumpla el objeto del contrato.
Consiste en elaborar de común acuerdo con las empresas licitadoras la solución para el contrato.
No hay pliego, consiste en que la administración realice un anuncio de licitación exponiendo los criterios de valo0ración de manera genérica y orientativa, para situarnos en el objeto del contrato y que posteriormente las empresas interesadas se pongan en contacto con la Administración  y empiecen un diálogo para llegar a una solución (el cumplimiento del contrato).

TRAMITACION:

  1. Anuncio de licitación: criterios de valoración orientativos.
  2. Presentación de ofertas.
  3. Precisiones o Aclaraciones de las ofertas presentadas.
  4. Diálogos con los candidatos: en el expediente se recomienda que se deje constancia en un acta del diálogo realizado.
  5. Se cierra diálogo y se invita a los participantes a presentar ofertas basadas en la fase de diálogo.
  6. El órgano de contratación seleccionará la oferta “económicamente mas ventajosa” en función de los criterios de adjudicación expuestos en el anuncio de licitación.
 

JA Newsflash

Inaugurado el Perfil del Contratante
Con fecha 1 de mayo de 2008 la Mancomunidad de Municipios del Bajo Guadalquivir presentó su Sitio Web dedicado al Perfil del Contratante, tal y como obliga la Ley de Contratos del Sector Público de 30 de octubre de 2007.

Contacte con Nosotros

Para cualquier duda o aclaración pueden ponerse en contacto con la Secretaría General de la Mancomunidad de Municipios del Bajo Guadalquivir:

Teléfono: +34 95 586 91 00
Fax: +34 95 586 91 60
Email: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla

Últimas Licitaciones en Curso

Últimos Contratos Adjudicados